En España, las ganancias obtenidas por la venta de un inmueble tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como ganancia patrimonial dentro de la base del ahorro. La tributación se aplica de la siguiente manera en la declaración de la renta:
Tributación de la ganancia patrimonial (2024)
Las ganancias patrimoniales tributan con la siguiente escala en la base del ahorro:
• 19% para los primeros 6.000€
• 21% entre 6.000€ y 50.000€
• 23% entre 50.000€ y 200.000€
• 27% entre 200.000€ y 300.000€
• 28% a partir de 300.000€
La ganancia patrimonial se calcula como la diferencia entre el precio de venta y el precio de adquisición, teniendo en cuenta ciertos gastos deducibles (gastos de notaría, registro, inmobiliaria, etc.).
0 comentarios