-Por razones de movilidad geográfica que implican el cambio de residencia a otra ciudad.
-Cuando un cambio sustancial en las condiciones de trabajo no se notifica con al menos 15 días de antelación al trabajador.
-Cuando un cambio sustancial en las condiciones de trabajo perjudica al trabajador en materia de jornada de trabajo, horario y distribución, régimen de trabajo a turnos, remuneración y cuantía salarial y funciones de trabajo.
-Cuando una trabajadora se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
-Cuando se produzca falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario.
-Cuando tenga lugar cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones del empresario, salvo casos de fuerza mayor.
Así, en todos estos supuestos, el trabajador sí mantendrá el derecho a cobrar la prestación por desempleo, ya que el sistema le considera como persona en situación legal de desempleo al entender que está y estaba interesado en trabajar en el momento en que finalizó la relación laboral con su empresa.
Este espacio no ofrece consejos financieros, todos los contenidos tienen finalidad divulgativa. Aquí comparto mis propias inversiones y aprendizajes bajo la consigna: “SON MIS INVERSIONES”.
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